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BLOGS | 14-02-2013 17:03

Perseguidos en el hiper

Condenan a conocida cadena de venta de materiales para la construcción a indemnizar a dos clientes. Los acusaron de robar un producto.

Ese lunes de octubre Andrea y Sergio estaban haciendo algunas refacciones en su casa. Maxi, el plomero, tenía que unir unos caños y para eso necesitaba un "niple", una pequeña pieza utilizada en plomería. Entonces los tres fueron a un importante local de venta de materiales para la construcción, ubicado en el complejo Palmas del Pilar, donde es muy "fácil" conseguir ese tipo de productos. El "niple" es un producto de escaso valor económico y tiene diferentes medidas. Por ese motivo se llevaron uno usado como modelo.

Al ingresar al local, le avisaron al personal de seguridad que llevaban una pieza usada como muestra a lo que les respondieron que no había problema. Más tarde y luego de haber tomado las medidas que requería, Sergio volvió a guardar el niple en el bolsillo de su pantalón y continuaron haciendo otras compras en el comercio en el que permanecieron una hora y media o dos. Durante ese tiempo notaron que eran seguidos muy de cerca por un guardia que los observaba en forma permanente y seguía en detalle cada uno de sus movimientos. No les dirigía la palabra ni les dio indicación alguna pero, como es de imaginar, esto los incomodó.

Luego de haber pasado por la línea de cajas, a la salida del local dos hombres, sin identificación, aduciendo ser personal de seguridad los interceptaron. Según contaron Andrea y Sergio, de muy mal modo los acusaron de haber robado el niple que tenía Sergio en el bolsillo. Comenzó allí una discusión, llamando la atención de los demás clientes quienes presenciaban cómo los trataban como ladrones. Además les decían que no podían abandonar el lugar si no devolvían la pieza de plomería. En ese momento uno de los empleados del local reconoció que el niple era usado y los dejaron irse del comercio.

Andrea y Sergio decidieron llevar su caso a la Justicia que finalmente les dio la razón y condenó a la sociedad comercial que explota el comercio a indemnizarlos.

En el fallo, la Cámara Civil y Comercial de San Isidro reconoce "el derecho de los establecimientos a emplear medios de seguridad necesarios para evitar el hurto de mercaderías, siempre que sea a través de medios idóneos que no se traduzcan en una deshonra u ofensa al cliente". Además señala que en este caso "la empresa debe responder por cuanto no ha procedido en forma razonable –en especial respecto al control e interrogatorio al que sometieron a los clientes (incomodándolos con el seguimiento durante toda la compra, manteniendo una discusión acalorada frente a otros consumidores)-, como tampoco fueron utilizados correctamente otros medios de seguridad (cámaras filmadoras, alarmas, etc); incumpliendo así el deber de seguridad y trato digno que debe regir su relación con los consumidores.”

Si les pasó o alguna vez les ocurre algo similar a lo relatado no duden en consultar con su abogado de confianza, él sabrá qué hacer.

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