Wednesday 24 de April, 2024

OPINIóN | 06-10-2019 00:38

Autonomía de la gestión

El director de la Agencia de Acceso a la Información Pública aclara el rol del ente.

La determinación sobre la autonomía de la Agencia de Acceso a la Información Pública debe hacerse sobre la base de una serie de criterios no mencionados en la nota "Polémica por los datos personales" publicada el 3 de agosto en la edición 2223 de NOTICIAS.

La ley que crea la Agencia establece los elementos más importantes para operar con autonomía: la designación del director, la máxima autoridad, se realiza tras un proceso que se abre a consulta pública, a audiencia pública y a oposiciones (Art. 21). Su remoción antes del vencimiento del plazo de 5 años por el que es nombrado sólo puede hacerlo el Presidente con aval del Congreso, que resulta vinculante (Art 27). Además, la Agencia cuenta con su propio presupuesto, que es preparado y ejecutado por la propia Agencia (Art. 24).

En la práctica, desde su creación hace casi dos años, como puede verificarse en la página web, la Agencia ha iniciado investigaciones sobre acciones de altas autoridades del Poder Ejecutivo Nacional, incluyendo a varios en una lista de incumplidores de la ley de acceso a la información pública.

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La opinión autorizada de los organismos y expertos internacionales que han evaluado la situación de acceso a la información y protección de datos personales en Argentina así lo han determinado. La OCDE sostuvo en 2019 que “la autoridad de protección de datos ganó autonomía como resultado del cambio legislativo,” mientras que el Relator especial sobre el derecho a la privacidad de la ONU señaló, al término de su visita a Argentina en mayo de 2019, “los progresos realizados en el refuerzo de la autonomía y el aumento de los recursos a la autoridad de protección de datos”. A mayor abundamiento, la simple lectura de la nueva regulación europea (Arts 52,53 y 54) permite concluir que el diseño institucional de la Agencia es acorde a lo allí previsto.

A la luz de esta información, que o bien fue señalada al periodista que me entrevistó para la nota o resulta evidente de información que es pública, afirmar que la Agencia no cuenta con autonomía e independencia citando exclusivamente opiniones sobre la base del único argumento que consiste en que la Agencia se encuentra en la órbita del Poder Ejecutivo Nacional – un presupuesto, necesario de acuerdo a nuestro derecho constitucional y administrativo – no responde a la actual situación de la autoridad de protección de datos personales en Argentina.

*DIRECTOR de la Agencia de Acceso a la Información Pública

por Eduardo Bertoni*

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