Fallo de cámara contra el decreto que modificó la movilidad jubilatoria
Un tribunal de Salta estableció límites a la capacidad del Gobierno de fijar las alzas. Un jubilado, que había recibido una suba del 3,7% en marzo, debería percibir una del 10,9%.
La Sala II de la Cámara Federal de Salta falló hoy contra el decreto de necesidad y urgencia (DNU) del gobierno de Alberto Fernández que suspendió la movilidad jubilatoria que regía por ley desde fines de 2017. El tribunal estableció en concreto límites a la capacidad del Ejecutivo para dictaminar la actualización de los haberes. Aquel DNU había dispuesto un aumento de 3,76% en marzo para el haber máximo. La sentencia de hoy, que ratifica otra de primera instancia, establece un alza del 10,94%, según calcula el abogado especialista Adrián Tróccoli.
"No es un fallo que destroza al Gobierno, le permite al Ejecutivo legislar sobre la materia, pero establece que debe hacerlo con parámetros objetivos", analiza Tróccoli. De hecho, no establece que el alza sea según la movilidad votada en el gobierno de Mauricio Macri sino que ante el contexto de emergencia admite que se utilice otro indicador y toma como referencia el de actualización de la nueva ley de alquileres, que combina la inflación y el nivel de aumento salarial.
El demandante se llama Roberto Caliva. Los magistrados integrantes de la cámara son Alejandro Castellanos, María Inés Catalano y Guillermo Elías. Se prevé que la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), que conduce Fernanda Raverta, apelará el fallo ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El Gobierno, mientras tanto, está elaborando un proyecto de ley que establezca un nuevo índice de movilidad. El Ministerio de Economía, que dirige Martín Guzmán, ha anticipado ese nuevo coeficiente comenzaría a regir a partir de 2021. Por el momento, los aumentos se aplican por decreto.
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