Saturday 7 de September, 2024

SOCIEDAD | 12-07-2024 12:39

Nahir Galarza: por qué la Corte Suprema evita tratar el caso

La defensa de la joven presentó ante el máximo tribunal un recurso de interposición in extremis con planteo de inconstitucionalidad.

Tras la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de no estudiar el fallo a prisión perpetua contra Nahir Mariana Galarza, el máximo tribunal recibió severas críticas por parte de la defensa técnica jurídico de la joven condenada. La misma estuvo amparándose en la facultad de dictar el Art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial que le permite no tratar y fundamentar ciertas cuestiones.

Quien primero se pronunció fue autor del libro "El Silencio de Nahir, Crónica de un Linchamiento Mediático", Jorge Zonzini sostuvo: " La Corte Suprema se orinó y demostró su estructura obsoleta y patriarcal perdiéndose la oportunidad de enseñarle a la sociedad y fundamentando cada ítem sobre si a Nahir la condenó una justicia machista, patriarcal, misógina y arbitraria; o si, por otro lado, se trató de un caso record donde una mujer adolescente fue condenada, en tan solo seis meses, con claras intenciones de demostrar que la mujer también mata e instalar el primer machicidio de la argentina, como contracara absurda de los femicidios; o tal condena fue producto de un accionar de brillantez jurídica”.

Corte Suprema

 “Es importante que la gente no sea engañada: la Corte no confirmó ningún fallo, sino que con un artículo medieval como el Art. 280 se lavó las manos, no se metió, y deja que otro decida", expresó el manager de medios. Por otro lado, la defensa de Galarza, integrada por José Ostolaza y Pablo Sotelo, interpusieron un Recurso de Reposición In Extremis con un planteo de inconstitucionalidad del Art. 280, mientras preparan la presentación ante la Corte Interámericana de Derechos Humanos, con sede en San José de Costa Rica.

Según trascendió se ha sumado como nuevo hecho el fallo de la justicia entrerriana que confirmó el uso de pericias apócrifas y por el cual la perito Gabiela Laiño le ganó 14 millones de pesos al Estado provincial por haber sido obligada a peritar como "informática" los celulares de Galarza y Pastorizzo sin ser especialista. La denunciante es bromatóloga y acusó a los fiscales del caso, Sergio Rondoni Caffa y Lisandro Beheran, de obligarla a elaborar actas apócrifas contra la joven condenada.

Nahir Galarza

“Además de la denuncia ante la CIDH por los incumplimientos de los convenios firmados por Argentina en materia de Violencia de Género y Protección de la Mujer (Belem Do Para, 1994) este nuevo y reciente fallo sería la puerta para la anulación del juicio ya que, si una pericia es apócrifa, como el flamante fallo firme contra Entre Ríos lo confirma, todas las demás pericias quedan viciadas de nulidad”, aseguraron desde la defensa de la joven.

Pero este no es  el único conflicto legal en el caso. El psicólogo Gabriel Cartañá fue demandado por Nahir Galarza por la violación del secreto profesional. La joven acusa al profesional de falsificar su firma en una carta de supuesto consentimiento para revelar su diagnóstico en los medios. Según manifiesto la entrerriana, el profesional solo realizó dos entrevistas de 40 minutos, y luego envió “una pericia básica e incompleta en materia de los supuestos test que fue rechazada de plano por su inconsistencia profesional y jamás se utilizó en el juicio oral". "Menos mal que no me abrí con él, para mí solo era un viejo baboso que decía las mismas boludeces que en Bendita TV”, confesó Galarza.

Gabriel Cartaña

Los abogados de la condenada por el crimen de Fernando Pastorizzo admiten que la firma apócrifa de la joven se probó recientemente con el documento revisado por peritos calígrafos de parte y oficiales, por lo que le podría caber a su vez el delito especificado en el Artículo N° 172 del Código Penal, que dictamina que “si el instrumento falso o ideológicamente falso tiene como fin controvertir el objeto de la demanda, es una estafa procesal, que se comete al inducir mediante ardid o engaño a un Juez para que emita una resolución en perjuicio de la otra parte”. Además, el mismo código expresa que tal crimen “será reprimido con prisión de un mes a seis años”. 

La demanda contra Gabriel Cartañá Borlenghi (M.N. 32.810), conocido por su rol de panelista de “Bendita TV”, está caratulada “Nahir Galarza C/ Cartañá Borlenghi Gabriel S/Daños y Perjuicios”, y tramitó desde 2022 en el Juzgado Civil y Comercial N°4 de Paraná, a cargo de la jueza Elena Beatriz Albornoz. La causa recayó en el Juzgado Civil N° 80 a cargo del juez, Dr. Eugenio Labeu, Secretaría N° 110 a cargo del Dr. Ignacio Bravo D'andre y con intervención de la Fiscalía en lo Civil y Comercial N° 3 a cargo de la fiscal Dra. Raquel Mercante.

Galería de imágenes

Comentarios