Sunday 29 de June, 2025

ESPACIO NO EDITORIAL | 01-06-2025 12:49

Dólares bajo el colchón y reforma tributaria ¿Qué es lo que se viene?

A lo largo de la historia argentina los gobiernos de turno establecieron con total libertad blanqueos contradiciendo con esto, a todas las leyes impositivas vigentes ridiculizando a quienes cumplieron en tiempo y forma.

Históricamente se utilizó el término de guardar los dólares bajo el colchón como referencia a la vieja usanza de que solo era posible ahorrar en dólares en efectivo (para cubrirse de la inflación y estar fuera del alcance de los bancos).

Pero a través de la comunicación que sacó el gobierno el jueves 22/05/2025, se hace referencia a la plata no declarada. Y ahí nos preguntamos, ¿Porqué todos los gobiernos sin importar tinte político cuando asumen sacan un blanqueo? Este gobierno ya lo hizo antes, y ahora pretende que se use la plata que no declararon anteriormente los contribuyentes para que puedan comprar bienes, realizar consumos, hacer viajes etc. sin quedar bajo el radar de ARCA.

Pero a todo esto nos preguntamos ¿Porqué existe plata sin declarar?

En la argentina se calcula que históricamente el 50 % de la actividad económica es informal. Los impuestos más significativos para un emprendimiento son el IVA, ganancias, ingresos brutos, contribuciones patronales etc. representando un gran porcentaje de la ganancia del emprendedor.

Este es el motivo principal de una realidad económica informal histórica. Por un lado las leyes impositivas nos dicen que hay que declarar todas las ventas realizadas, por otro viene un gobierno de turno y blanquea todo lo que no declararon anteriormente contradiciendo la normativa.

Hoy con la inteligencia artificial y todos los medios electrónicos de pago que ocupan cada vez más espacio en la gente, es más fácil obtener información y establecer controles. ¿Porqué no hacen una verdadera reforma tributaria a un costo impositivo qué se pueda afrontar?

Por lo pronto lo que hoy tenemos es la resolución general 5704/2025 que a las personas humanas y sucesiones indivisas les da la opción de optar por la modalidad simplificada del impuesto a las ganancias, donde solo se declara la ganancia obtenida sin justificar la variación patrimonial.

Pero ojo, esto no quiere decir que el organismo recaudador no pueda verificar a futuro las inconsistencias presentadas y determinar deuda con multa e intereses, debido a que mientras siga vigente el art. 18 de la ley 11.683 todo aumento patrimonial no justificado es una venta omitida para el IVA o una ganancia más un 10%, para el impuesto a las ganancias.

Por lo tanto recomendamos que sean cautelosos a la hora de la toma de decisiones y esperen que se envíe un proyecto de ley al congreso.

Ignacio Bárcena

IB estudio contable

Tel: 11-58885350

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