La Ley que entró en vigor en octubre de 2022 llega a su fin. El plazo original de dos años fue ampliado por un año más debido a la gran demanda y las demoras que tenían los consulados.
Es muy importante haber manifestado la voluntad de querer tramitar la ciudadanía española, dentro del plazo, aunque el turno otorgado por el consulado sea posterior al 22/10/2025.
El objetivo principal de la ley fue darles la posibilidad a los descendientes de españoles exiliados o afectados para que puedan solicitar la ciudadanía española.
¿Quiénes pueden obtener la ciudadanía?
- Hijos y nietos de españoles de origen
- Descendientes de mujeres españolasque perdieron su nacionalidad al casarse con extranjeros antes de la Constitución de 1978.
- Hijos mayores de edad de quienes recuperaron la nacionalidad por esta ley o por la anterior Ley de Memoria Histórica.
- Hijos de españoles exiliados por razones políticas, ideológicas o de persecución durante la dictadura.
¿Cuál es el paso a paso?
- Tener los datos del español, para poder solicitar el Acta Literal de nacimiento a España.
- Obtener todos los documentos que acrediten el vínculo con el español
- Solicitar cita previa (Cada Consulado se maneja de forma diferente)
- Presentar el expediente, la misma se realiza de manera presencial en el consulado y presentar toda la documentación en formato físico
Te recomendamos inicies YA la solicitud y no dejes pasar la oportunidad de ser ESPAÑOL.
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por CONTENT NOTICIAS














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