Thursday 25 de April, 2024

SALUD | 20-11-2019 19:11

Macri ordenó anular el nuevo Protocolo para el Aborto no Punible

La Resolución fue publicada hoy. Pero la reacción de legisladores cambiemitas fue contundente. Hasta pidieron la renuncia del Secretario de Salud, Adolfo Rubinstein.

Apenas fue publicada en el Boletín Oficial de hoy, y ya hay decisión de anularla. Se trata de la Resolución de la Secretaría de Salud de actualizar el “Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo (ILE)”, cuya última versión data del año 2015. El documento busca, básicamente, que los casos de aborto no punibles (es decir, aquellos en los que el embarazo ponga en riesgo la salud y/o la vida de la persona gestante, o cuando sea producto de una violación) no sean judicializados. 

La reacción fue virulenta y casi inmediata. Tanto, que el presidente Mauricio Macri le pidió a la Ministra de Desarrollo Social y Salud, Carolina Stanley, que redacte una nueva Resolución, anulando la firmada por el Secretario de Salud, Adolfo Rubinstein. La misma estará lista, aseguran desde el ministerio, mañana jueves. 

Es que desde Cambiemos las voces de queja se alzaron, sobre todo, en redes sociales. El presidente provisional del Senado, Federico Pinedo, señaló en su cuenta de Twitter: “Me parece lamentable y claramente inconstitucional la resolución del secretario de salud ampliando de manera irresponsable las causales de aborto no punible y limitando la objeción de conciencia médica”. Y, por si fuera poco, agregó: “El secretario de Salud de la Nación no puede pasar por encima de un debate de seis meses del Congreso Nacional y legislar por sí mismo, contradiciendo normas de rango constitucional”.

La diputada nacional por la Ciudad de Buenos Aires, Dina Rezinovsky, no solo retuiteó al vicepresidente, sino que fue más allá con su mensaje tuitero: “El secretario de salud Rubinstein resuelve ampliar el protocolo nacional para descartar niños y destruir mujeres. Se olvida que tras meses de debate el Congreso dio un rechazo total a la ley del aborto. Espero su renuncia y que se deje sin efecto esta resolución inconstitucional”.

Otras voces se alzaron, ya desde el radicalismo, ya en organismos de gobierno cambiemita, como las de la senadora Marta Varela, el secretario de Agricultura familiar, y la senadora radical por Tucumán, Silvia Elías de Pérez.

Y es claro que Mauricio Macri, que se había declarado abiertamente celeste (si en términos de colores hablamos) y anti legalización del aborto pocas semanas antes de las elecciones del 27 de octubre, debe mantener su nueva postura. 

En general las voces de rechazo se refieren al debate y a la votación que se dieron en el Congreso en el año 2018, cuando el Proyecto de Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo no fue aprobado como ley. Pero en rigor de verdad el Protocolo impulsado por la Secretaría de Salud no se refiere a una nueva forma de despenalización del aborto sino, puntualmente, a garantizar el cumplimiento de las normas que establecen el aborto no punible en casos puntuales. 

El Protocolo que se ordenó voltear establece la necesidad de atenerse al principio de autonomía: es decir que la persona gestante debe tener acceso a la información necesaria por parte del equipo médico para tomar la decisión sobre qué hacer en lo referente a “su cuerpo, su salud, su vida”. Además, aboga por la no judicialización: el equipo de salud interviniente no debe consultar a la Justicia ni pedir autorización alguna para la realización de la interrupción legal del embarazo (ILE), sus integrantes son responsables de la práctica, que se realiza a pedido de la niña, la adolescente o la mujer adulta, según los casos. 

En el caso de que las involucradas tengan entre 13 y 16 años no precisan autorización de sus padres o tutores, imprescindible solo cuando el procedimiento de interrupción del embarazo involucre prácticas riesgosas. La voluntad y consentimiento de las nenas menores de 13 años irá acompañada por la de sus padres o representantes. Si ellos se negaran, el equipo de salud tendrá que decidir, siempre basándose en principios vinculados con la salud de la niña embarazada, y no en ideologías o dogmas ajenos a la práctica médica.

A estos principios rectores se le suman la confidencialidad, la privacidad y la celeridad en el proceso de información y, de decidirse, interrupción del embarazo. La noción de rapidez busca impedir que la resolución en cuanto a la práctica del aborto no punible se extienda por lapsos que, de tan prolongados, impidan la práctica. Y para eso establece un plazo de un plazo máximo de 10 días desde el pedido. “Estos principios deben garantizarse para todas las personas (con y sin discapacidad)”, aclara. 

Y no se entiende sobre qué basan sus críticas quienes piden la anulación de la norma, cuando en sus mismos considerandos el documento toma en cuenta las leyes y normas vigentes en el país. “En la actualidad el aborto en Argentina no es considerado delito cuando se solicite la práctica para evitar un peligro para la vida o la salud de la persona embarazada, o cuando el embarazo sea producto de una violación, según establece el artículo 86° del Código Penal”.

En ese sentido, en el nuevo Protocolo se retoma como antecedente el fallo F.A.L., que en numerosas casos no ha sido respetado ni por personal médico ni por funcionarios. En el fallo “F., A. L. s/ medida autosatisfactiva”, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), estableció que quien se encuentre en las condiciones descriptas en el art. 86 del Código Penal “[…] no puede ni debe ser obligada a solicitar una autorización judicial para interrumpir su embarazo, toda vez que la ley no lo manda, como tampoco puede ni debe ser privada del derecho que le asiste a la interrupción del mismo ya que ello, lejos de estar prohibido, está permitido y no resulta punible”.

A todas luces, la Resolución que se dió a conocer hoy y que tal vez ya esté anulada para mañana por la tarde con la sola firma de la Ministra Carolina Stanley, no está fuera de las leyes ni busca “imponer” el proyecto que no llegó a ser ley en el 2018. Simplemente, intenta (o intentó) poner un poco de orden en un país en el que los fallecimientos por embarazo terminado en aborto están entre las primeras causas de muerte materna, garantizar el cumplimiento de derechos ya existentes.  En el 2017, los decesos por embarazos terminados en abortos representaron el 14,85% del total de muertes maternas. Y evitar que niñas de 12, 13, 11 años sean obligadas a llevar adelante embarazos productos de violaciones, aún contra riesgo de vida para la niña, y cuando desde el año 1921 el Código Penal tiene una norma que las protege, pero que muchas veces no se cumple. 

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Andrea Gentil

Andrea Gentil

Editora de Ciencia, Medicina y Tecnología. Coordinadora carrera de Comunicación Digital, UNaB.

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