La ciudad de Río de Janeiro fue escenario, a comienzos de 2026, de un episodio que rápidamente trascendió el ámbito local y escaló a nivel internacional: el caso de la turista argentina Agostina Páez, una abogada de 29 años que quedó imputada por injuria racial tras la difusión de un video grabado en un bar del barrio de Ipanema. El hecho se originó durante la madrugada, cuando, tras una discusión con un camarero por el monto de una cuenta, la joven profirió insultos de carácter racista, incluyendo expresiones como “mono” acompañadas de gestos y sonidos imitativos, conducta que fue registrada por la propia víctima y posteriormente viralizada en redes sociales.
La rápida circulación del video derivó en la intervención inmediata de la policía carioca, que consideró acreditados los hechos tras tomar declaración a testigos y analizar la grabación. En un primer momento, la fiscalía formuló cargos por tres hechos de injuria racial, figura contemplada en el Código Penal brasileño y agravada en 2023 con penas de entre dos y cinco años de prisión. Sin embargo, en el transcurso del proceso judicial la acusación fue recalificada a un solo delito, lo que modificó sustancialmente el escenario penal al que se enfrentaba la acusada, que inicialmente temía una condena de mayor gravedad.
Desde su detención en enero, Páez atravesó un régimen de privación de la libertad bajo arresto domiciliario en Brasil. Las autoridades le colocaron una tobillera electrónica, le retuvieron el pasaporte y le prohibieron salir del país mientras avanzaba la causa. Durante ese período, la acusada expresó públicamente temor por su situación judicial y cuestionó el accionar de las autoridades, aunque con el correr de las semanas su estrategia defensiva viró hacia el reconocimiento del hecho y la manifestación de arrepentimiento. En un video difundido antes del juicio pidió disculpas “a las personas que se hayan sentido ofendidas”, en contraste con su reacción inicial ante la policía, cuando había intentado justificar lo ocurrido como una broma sin intención discriminatoria.
El proceso judicial culminó con una resolución de menor severidad que la prevista originalmente. Al quedar reducida la acusación a un solo hecho de injuria racial, la pena posible pasó a ser de cumplimiento alternativo, consistente en la realización de servicios comunitarios y el pago de una compensación económica a la víctima, sin necesidad de cumplimiento efectivo en prisión. La fiscalía, en línea con esta recalificación y con el arrepentimiento manifestado, no solicitó la detención efectiva. En ese contexto, y tras la audiencia, la propia Páez anticipó que “han aceptado mis disculpas” y que en breve podría regresar a la Argentina.
La liberación y posterior retorno al país se explican, por tanto, por una combinación de factores jurídicos: la reducción de la imputación, la naturaleza excarcelable de la pena finalmente considerada, la ausencia de antecedentes y la valoración de su arrepentimiento. De ese modo, cesaron las restricciones que pesaban sobre ella, incluida la prohibición de salida del territorio brasileño, permitiéndole regresar a Argentina sin haber cumplido pena de prisión efectiva.
El caso adquirió otra vez una fuerte dimensión mediática tras su participación en una entrevista televisiva con Eduardo Feinmann, donde se produjo un intercambio tenso y de alto voltaje. Durante ese diálogo, al ser cuestionada por su conducta, Páez respondió de manera confrontativa: “¿Justo vos me vas a decir a mí racista?”, frase que sintetizó el tono del cruce y se replicó ampliamente en redes y medios. En la misma línea, también se la escuchó defender su accionar al señalar: “Reaccioné” ante la situación con el camarero, insistiendo en que no existió intención discriminatoria, lo que fue refutado por el periodista en el marco de la entrevista.
En el cruce entre el periodista y la entrevistada en vivo, la abogada recriminó a Feinmann cierto ensañamiento mediático con ella teniendo en cuenta que el conductor "va en contra de la comunidad LGBT y estás en contra de las villas". El señalamiento por parte de Páez, que estaba siendo reporteada desde Río de Janeiro, fue negada por el presentador del noticiero de A24 que se defendió y cerró la cobertura consultando para cuando seria la vuelta al país de la denunciada.
El episodio generó nuevamente repercusiones, en parte por el contraste entre los marcos normativos de ambos países respecto del racismo: mientras que en Brasil la injuria racial constituye un delito penal con sanciones concretas, en Argentina los insultos de ese tipo no suelen tener la misma consecuencia penal directa. Esa diferencia jurídica, sumada a la contundencia del registro audiovisual y a la sensibilidad social del tema en el país vecino, contribuyó a que el caso de Páez se transformara en un ejemplo emblemático del endurecimiento de las políticas contra la discriminación racial en Brasil y de su impacto sobre ciudadanos extranjeros.














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