La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reforzó hoy sus facultades de control y fiscalización en materia de transacciones internacionales entre empresas de un mismo grupo económico. La resolución general 4717/2020 precisa y define la información que deben presentar las compañías para demostrar la correcta determinación de los precios y márgenes de ganancia que resulten de las transacciones internacionales realizadas con firmas vinculadas. Es sabido que multinacionales suelen recurrir a operaciones de comercio de bienes y servicios entre filiales para inflar gastos en países de alta tributación y redireccionar las ganancias en aquellos territorios donde se cobran menos gravámenes.
Las nuevas exigencias en materia de precios de transferencia también alcanzan aquellas operaciones realizadas con sujetos domiciliados, constituidos o ubicados en jurisdicciones de baja o nula tributación así como en aquellas jurisdicciones no cooperantes a los fines de la transparencia fiscal. Aún no terminó de elaborarse la lista de los países con baja o nula carga impositiva, pero sí la del centenar de aquellos que no aportan información tributaria, la que incluye al Vaticano, Bolivia, Egipto, Irán, Siria, Argelia, Cuba, Haití, Honduras, Irak, Corea del Norte, Vietnam, Maldivas, Nicaragua, Surinam, Trinidad y Tobago y Paraguay.
La resolución establece regímenes de información que deben cumplir todas las empresas multinacionales que operan en la Argentina. La normativa introduce mecanismos novedosos para mejorar la fiscalización de las operaciones internacionales de bienes y servicios de valoración compleja como los intangibles, los gastos en concepto de marketing, publicidad y promoción, las reestructuraciones de negocios, algunas operaciones financieras y las actividades de investigación y desarrollo (I+D). Las compañías deberán presentar la información requerida a partir de mediados de junio.
Estimaciones de investigadores de la United Nations University World Institute for Development Economics Research indican que en la Argentina la pérdida de ingresos fiscales como consecuencia de las técnicas de planificación fiscal nociva utilizadas por las grandes corporaciones asciende hasta el 4,42% del PIB. Zambia, Guyana, Chad, Malta, Pakistán, Islas Comoras y Guinea son los únicos países del mundo donde el fenómeno alcanza o supera a la medida argentina. La investigación realizada en 2017 por Alex Cobham y Petr Jansky ofrece un piso para dimensionar la problemática.
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