Comprar un auto con crédito prendario parece una operación simple. Sin embargo, detrás de ese trámite hay una práctica que vulnera derechos básicos del consumidor: la imposición del seguro a través del mismo proveedor que financia la operación, generalmente actuando como agente institorio de una aseguradora. Esto no solo encarece el seguro y reduce la calidad del asesoramiento, sino que viola normas expresas del derecho argentino.
La Superintendencia de Seguros de la Nación lo advirtió y reguló esta situación mediante las Resoluciones 24/2023 y 407/2023. Estas normas establecen que el consumidor debe tener libertad plena para elegir el canal de contratación del seguro, pudiendo optar entre un Productor Asesor de Seguros (PAS), un agente institorio o una aseguradora directa. Si el canal es propuesto por el acreedor prendario, debe ofrecerse un listado de al menos cinco aseguradoras y no pueden trasladarse costos de intermediación si el cliente no eligió activamente esa vía.
Pero hay más: la Resolución General 08/2015 de la IGJ, en su Capítulo I, artículos 13.2.1 y 13.2.2, prohíbe expresamente que las entidades administradoras de planes de ahorro o sociedades vinculadas a la venta financiada impongan aseguradoras determinadas, o perciban comisiones por esa contratación, salvo que el consumidor haya sido debidamente informado y haya prestado consentimiento libre.
Desde el plano civil, el Código Civil y Comercial de la Nación también respalda al consumidor. El artículo 1094 establece que en toda relación de consumo deben aplicarse principios de protección y trato digno. Y el artículo 1099 declara nulas aquellas cláusulas que, contrariando la buena fe y el equilibrio contractual, generen perjuicios al consumidor. ¿Qué mayor perjuicio que pagar un seguro más caro, sin asesoramiento, y sin posibilidad real de elegir?
Este combo normativo es claro: la imposición del seguro en créditos prendarios es ilegal si no hay consentimiento informado, alternativas reales y precios transparentes.
Desde TuveUnChoque.com.ar defendemos el rol del PAS y promovemos el cumplimiento de estas normas. El seguro no es un accesorio: es una herramienta de protección que el consumidor debe poder elegir con libertad y respaldo legal.
por CONTENTNOTICIAS














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