Monday 20 de May, 2024

EMPRESAS Y PROTAGONISTAS | 17-10-2023 11:13

AMIA: Verdad o Consecuencia - BRAND

La abogada especialista Derechos Humanos, Derecho Internacional, Derecho Penal Internacional y Psicopatologías y Neurociencias, Dra. Cynthia Castro, expone como ejemplo la causa AMIA indicando la necesidad de una Corte Penal Internacional Anticorrupción que intervenga cuando existe corrupción del sistema judicial en juzgamientos de crímenes de lesa humanidad.

La causa AMIA es sinónimo de corrupción.

La causa AMIA se transformó en una causa monstruosa a tal punto que fue dividida en dos: AMIA1 que abarca estrictamente el atentado del 18 de julio de 1994 y, AMIA2 que aglomera los hechos de corrupción por parte de los funcionarios intervinientes en AMIA1.

Este caso presenta un conglomerado inmenso de delitos reprochables desde una índole internacional, vrg: terrorismo, crimen de odio, narcotráfico, tráfico de armas, tráfico de influencias y, lo que es sumamente reprochable, la inacción de los responsables de administrar justicia quienes no sólo cometieron el delito de encubrimiento sino que, también estancaron la causa.

El atentado a la AMIA fue declarado crimen de lesa humanidad por el juez Canicoba Corral en 2006, por lo tanto, un crimen imprescriptible. Esto fue por tratarse de un caso de terrorismo internacional (Estatuto de Roma art. 7), pero no se estableció que todo delito ligado a la causa AMIA revista la gravedad de lesa humanidad. Es por ello, que la corrupción judicial de funcionarios estatales que encubrieron el atentado terrorista, quedará tan sólo como una grave violación a los Derechos Humanos.

De la causa principal AMIA 1 se sabe lo siguiente: quién ordenó el atentado; cuáles fueron los motivos de dicho ataque; dónde y cuándo se tomó la decisión de atacar nuestro país; quienes fueron los encargados de llevar adelante el atentado; quién coordinó el atentado; cuándo ingresó al país el grupo operativo encargado de ejecutarlo; cuándo salió del país dicho grupo operativo. Sin embargo, lo único que no se sabe ¿por qué si se sabe tanto se sigue encubriendo?

Este ejemplo ha demostrado que cuando los Estados son corruptos no son capaces de juzgar en sus propios estrados crímenes tan aberrantes como los de lesa humanidad; o al menos eligen qué crímenes de lesa humanidad sí son capaces de juzgar y qué crímenes no.

La seguridad de las Naciones depende de la protección de los Derechos Humanos y la lucha contra la corrupción, por lo que el poder judicial debe estar libre de corrupción y de politización.

En juzgamientos de causas como AMIA, es imperiosa la implementación de una Corte Penal Internacional Anticorrupción, que genere un efecto disuasorio al poder judicial corrupto, como lo es la Corte Penal Internacional (2002). La existencia de un organismo internacional que persiga, investigue, juzgue, condene y encarcele a cualquier funcionario, incluidos jefes de estado, disminuiría proporcionalmente la tendencia a cometer delitos de corrupción. La duda que se plantea es, Argentina ¿está preparada para juzgar con verdad y no a través de las consecuencias de la corrupción judicial?

Datos de contacto:

Facebook: Dra Cynthia Castro

Instagram: @dracynthiacastro

 

por CEDOC

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