Sunday 19 de May, 2024

ESPACIO NO EDITORIAL | 19-02-2024 12:27

DNU 70/23 y multas laborales empleo no registrado

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El 20/12/2023 se publicó en el Boletín Oficial el DNU N° 70/23, con el que, entre otras, se buscó eliminar las multas por empleo no registrado. Cabe remarcar que dicho DNU se encuentra suspendido en virtud de los distintos amparos presentados ante la justicia.

Ahora bien, entendemos que la finalidad del DNU era erradicar la llamada “industria del juicio”, con la que los abogados y trabajadores se encuentran habitualmente realizando reclamos laborales en tribunales a sus empleadores, pero, por otro lado, fomentar que los empleadores procedan a registrar como corresponde a sus dependientes.

Para poder avanzar con las ideas del actual gobierno, lo que se propone, es utilizar en el marco de la Ley 20.744 el estatuto de la “UOCRA” donde se va aportando al sistema para que cuando un trabajador sea despedido no sea necesario una indemnización, sino que cobra directamente el fondo al que ha estado aportando. Si bien no se encuentra del todo desarrollado este tema, lo cierto es que la idea de implementar dicho mecanismo de indemnización no resultaría de simple aplicación en virtud de las distintas leyes de derecho nacional e internacional que protegen los derechos de los trabajadores y que gozan de raigambre constitucional.

Siguiendo tales lineamientos, a mi entender la eliminación de las multas no llevaría al fin deseado, ya que el Estado, no incentiva a los empleadores a registrar a sus trabajadores.

Ello, toda vez que en primer lugar, el Poder Ejecutivo derogando dichas multas lo único que hace es fomentar la informalidad, es decir, si un empleador teniendo conocimiento de la existencia de las multas por trabajo no registrado o parcialmente registrado de todos modos se arriesga a tenerlos bajo dicha modalidad, es que suprimiendo las multas, significaría el resultado contrario, es decir, si existe incentivo por registrar a un trabajador y ahora se quitan las multas, que mejor oportunidad para no tener registrados a los empleados.

Si bien el tema necesita un mayor análisis, a nuestro modo de verlo, las multas laborales deberían continuar vigentes, en tanto los empleadores conocen las consecuencias de tener un trabajador sin registro pero en su caso el Estado debería brindar facilidades o beneficios a aquellos empleadores que tengan trabajadores en blanco -como, por ejemplo, reduciendo las cargas sociales.

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por CEDOC

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